Acusan a un edil de violencia de género y exigen se tome licencia del Concejo Deliberante

Acusan a un edil de violencia de género y exigen se tome licencia del Concejo Deliberante

“Dicha persona afronta un proceso penal por gravísimos hechos denunciados en su contra y que se encuentran siendo objeto de investigación por la Fiscalía Descentralizada de Mar Chiquita a cargo de Ramiro Anchou”, expresaron desde la Dirección de las Mujeres, Género y Diversidad del municipio marchiquitense.

La Plata, 04 Feb (Por InfoGEI).- Mariano Filippi, líder del bloque de Juntos en el Concejo Deliberante de Mar Chiquita, afronta un proceso penal por una denuncia de violencia de género y desde la comuna piden que cese con su labor.

La situación llevó a las autoridades de la Dirección de las Mujeres, Género y Diversidad del municipio marchiquitense a solicitarle al edil que se tome una licencia.

“Dicha persona afronta un proceso penal por gravísimos hechos denunciados en su contra y que se encuentran siendo objeto de investigación por la Fiscalía Descentralizada de Mar Chiquita a cargo de Ramiro Anchou”, expresaron desde la mencionada dirección en un comunicado.

En la causa tomó intervención de manera directa el área comandada por Ruth Creig en el marco de un abordaje integral brindado a la denunciante.

Las autoridades municipales aclararon que no serán detallados los datos de la víctima en el marco de su derecho a la confidencialidad y preservación integral.

En esa línea, desde la Dirección de las Mujeres, especificaron que la solicitud de licencia “se enmarca dentro de la ley N° 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, sancionada en marzo de 2009, la cual define en su artículo N° 4 a la violencia contra las mujeres como toda conducta, acción u omisión, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, que afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal”.

En la legislación al respecto quedan comprendidas las violaciones perpetradas desde el Estado o por sus agentes. “Se considera violencia indirecta a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón”, añadieron desde la comuna. (InfoGEI) Mg

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